Cualquier cuadro psicopatológico puede originar una incapacidad transitoria o permanente para el trabajo.
En los procedimientos de incapacidad laboral se solicita la valoración de una enfermedad o trastorno común, enfermedad laboral, enfermedad profesional (directamente ligada a la profesión u oficio del trabajador), accidentes de trabajo, secuelas psicológicas, etc., que puedan dar lugar bien a una incapacidad laboral temporal, bien a una incapacidad permanente.
Existen distintos grados de incapacidad que se clasifican según la intensidad y características de las lesiones y/o enfermedad, ya que el factor más importante es la limitación que provoca en el trabajo habitual. La invalidez supone la alteración continuada de la salud que imposibilita a quien la padece para la realización de una actividad profesional.
La labor del psicólogo forense será informar en el contexto judicial de la existencia o no de trastornos psicopatológicos que afectan al trabajador, de la influencia de esa psicopatología en el desempeño laboral y de la posibilidad de que los signos y síntomas de dicho cuadre limiten o anulen la posibilidad de realizar tareas y funciones específicas del puesto; además si se tratara de una enfermedad laboral, profesional o accidente de trabajo será necesario el establecimiento de un nexo causal.