14 Ene 2019

BY: Lucia.Moreno

Peritaje Penal

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En los últimos años se ha producido un incremento tanto en el número de consumidores habituales de drogas, como en el de sujetos que realizan actividades delictivas. Es por ello por lo que ha despertado el interés entre investigadores, políticos, legisladores y medios de comunicación de masas a lo largo de los últimos años. Este interés ha venido motivado principalmente por los elevados costes que representan para la sociedad.

En primer lugar, se ha considerado importante distinguir atendiendo a la relación del comportamiento que el sujeto establece con las drogas, entre consumidor ocasional, consumidor habitual no dependiente y drogodependiente.

  • El consumidor es un individuo que hace su experiencia con la droga de modo irregular y en circunstancias de excepción, tiene posibilidades de interrumpir la ingestión sin consecuencias, manteniendo una buena relación con la realidad circundante.
  • El consumidor habitual no dependiente sería aquel que utiliza el fármaco regularmente, pero sin ser esclavo del mismo, que puede parar, aunque sea preciso un gran esfuerzo y tiene de todas maneras necesidad del fármaco para sentirse mejor o para no sentirse peor, pero mantiene intereses que le permiten una existencia cercana a un estilo de vida normal.
  • Finalmente, el drogodependiente sería aquél cuya vida emotiva y práctica está completamente dominada por la necesidad del fármaco y de sus efectos. Sufre una desesperada necesidad de ingerir la sustancia y de procurársela a cualquier precio y experimenta un enorme debilitamiento de todos los demás intereses y ligámenes con la realidad de los otros (1).

Es de sobra conocida la posible “relación” existente entre el consumo de drogas y el hecho de cometer una conducta delictiva, más allá del mero consumo o posesión de sustancias que pueden ser ilegales. Pero ¿existe realmente esta relación? En comparación con la población general, los delincuentes presentan elevadas tasas de consumo de drogas y es frecuente que pertenezcan a ese grupo los consumidores problemáticos de drogas. Sin embargo, la relación entre drogas y delincuencia no es ni sencilla ni lineal. Tampoco es generalizable: muchos delincuentes reincidentes no consumen drogas y muchos drogodependientes no cometen delitos.

Hay que evitar la estigmatización porque el consumo de drogas no conduce inexorablemente a conductas delictivas, como robos, asaltos o violaciones, ni siquiera entre las personas que las consumen regularmente o que han desarrollado una adicción.

Ahora bien, en el caso en que se realiza un acto delictivo, hay que distinguir tres tipos de delincuencia: aquella que es inducida (comisión de delitos bajo la influencia de drogas), delincuencia funcional (comisión de delitos para obtener dinero y comprar drogas) y delincuencia relacional (comisión de delitos relacionados con el tráfico y comercio de drogas).

Y teniendo en cuenta lo anterior, ¿son las drogas las que llevan a la delincuencia o es ésta la que favorece el consumo de estas sustancias? Es importante diferenciar entre el drogadicto-delincuente, que delinque directamente por los efectos de la droga o por su carencia (delincuencia inducida, funcional o relacional) del delincuente-drogadicto, que frecuentemente presenta un trastorno antisocial o narcisista de base y cuenta con un amplio historial criminológico, en el que el consumo de drogas es un hecho tangencial (2). Pues el fenómeno de la actividad delictiva no tiene sus raíces sólo en el consumo abusivo de drogas. El entorno, la personalidad del sujeto, los trastornos mentales y de personalidad, así como el apoyo familiar y social, modulan la posibilidad de ese consumo y la probabilidad de cometer actos delictivos (3).

En relación al ámbito forense, el objetivo de las diferentes pruebas periciales en asuntos de drogodependencia es afinar respecto a la posible aplicación de supuestos de modificación de la imputabilidad, en términos de modificación de las capacidades cognitivas (capacidad de comprender el alcance o trascendencia del comportamiento) y volitivas (capacidad para controlar sus actos o de actuar conforme a la comprensión de su conducta). Con mucha frecuencia se solicita al perito dictaminar sobre la drogodependencia del acusado, diferenciando el consumo ocasional o errático de una posible intoxicación (incluso psicosis inducida) o síndrome de abstinencia en la época de los hechos, así como indicar si se trata de un traficante por miedo o estado de necesidad. Y todo ello para buscar algún tipo de exención o atenuación de la responsabilidad en la comisión de diversos hechos delictivos. Si tenéis dudas o queréis hacernos una consulta específica sobre este u otros asuntos, no dudéis en escribirnos a través del formulario de contacto.

Referencias:

1. González Zorrilla, C. (1983). Drogas y cuestión criminal. En El pensamiento criminológico: estado y control (pp. 179-220). Península.

2. Echeburúa, E., y Fernández-Montalvo, J. (2007). Male batterers with and without psychopathy: An exploratory study in Spanish prisons. International Journal of Offender Therapy and Comparative Criminology, 51, 254-263.

3. Delgado, S., Maza, J. M., y De Santiago, L. (2013). Violencia y drogas. Aspectos jurídico-penales en drogodependencias. En S. Delgado y J. M. Maza (Eds.), Psiquiatría Legal y Forense (pp.1213-1256). Barcelona: Bosch.

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